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Línea de servicioSepa con quién hace negocios antes de firmar. Verificamos a las personas físicas y a las personas morales con las que su empresa se relaciona —clientes, proveedores, socios, apoderados y beneficiarios controladores— contra listas oficiales y fuentes públicas, y entregamos un reporte con la fuente y la fecha de cada hallazgo.
Conocer a su cliente es identificar a la persona. Conocer a su empresa contraparte es identificar también a quien está detrás de ella. Revisar sólo una de las dos deja la puerta abierta.
Verificación de personas físicas: quien contrata, quien firma y quien decide.
Verificación de personas morales y de las personas que las controlan.
No es una búsqueda en internet. Es la revisión, contraparte por contraparte, de los registros donde una empresa o una persona deja rastro cuando algo va mal.
Artículo 69-B en sus cuatro situaciones —presunto, definitivo, desvirtuado y con sentencia favorable—, listas de los artículos 69 y 69-B Bis, contribuyentes no localizados y cancelación de sellos digitales.
Proveedores y contratistas inhabilitados por el Gobierno Federal y servidores públicos sancionados.
Listas de OFAC del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, de la Organización de las Naciones Unidas, de la Unión Europea y del Reino Unido.
Litigios y procedimientos en registros públicos de las 32 entidades federativas. Que exista un expediente no dice nada por sí solo: lo valora un abogado.
Información dispersa no es información. Lo que se publicó sobre su contraparte está ahí, dentro y fuera de México: separar el ruido de lo que sí importa es nuestro trabajo.
Para quien tiene la obligación legal de conocer a su contraparte, y para quien simplemente no puede permitirse la sorpresa.
Quien realiza Actividades Vulnerables debe identificar y conocer a sus clientes y usuarios, y poder acreditarlo. La verificación documenta esa debida diligencia.
Contratar a un contribuyente con operaciones simuladas o a un proveedor inhabilitado tiene consecuencias fiscales y contractuales que llegan después, cuando ya se pagó.
Incorporación de socios, aportaciones de capital y beneficiarios controladores, donde el riesgo del tercero pasa a ser riesgo propio.
Revisión de la contraparte y de sus partes relacionadas como complemento del análisis financiero y jurídico de la operación.
Verificación propia y de los integrantes del consorcio frente a los registros de inhabilitación antes de presentar la propuesta.
Dirección general, consejo, apoderados y responsables de tesorería o compras, donde la exposición de la empresa depende de la persona.
La reforma a la LFPIORPI, publicada el 16 de julio de 2025, duplicó el plazo: la documentación que sustenta una Actividad Vulnerable se conserva ahora por al menos diez años. Y no llegó sola.
Una contraparte que hoy está limpia puede aparecer en una lista en seis meses. Revisamos su cartera de forma periódica y le reportamos lo que cambió, que es justo lo que la reforma ahora exige.
En diez años los enlaces mueren, los archivos se pueden alterar y nadie recuerda la fecha exacta. Lo que hay que poder acreditar no es sólo qué se encontró, sino cuándo se revisó.
Su verificación puede emitirse con constancia de conservación NOM-151: un medio auditable, seguro y previsto por la legislación mexicana, que fija la fecha del expediente y permite comprobarlo después.
La verificación puede emitirse bajo estándares auditables: con sello de tiempo y trazabilidad, de modo que quede acreditado qué se sabía y en qué fecha.
Plataforma propia de screening de contrapartes: sanciones internacionales, personas políticamente expuestas, listas del SAT e inhabilitaciones, en un solo expediente.
Abrir Sentinel → Herramienta · Evidencia digital¿Necesita sellar evidencia digital? Cualquier tipo de documento, con constancia de conservación NOM-151 y custodia cero: el archivo nunca sale de su equipo.
Abrir Probanza → Servicio · ComplianceProgramas de cumplimiento, políticas internas y gestión de riesgo jurídico para que la verificación no sea un trámite aislado sino parte de un procedimiento.
Ver servicio →KYC son las siglas de Know Your Customer, «conoce a tu cliente». Es el proceso de identificar a la persona física con la que se va a hacer negocios y verificar que sea quien dice ser y que no aparezca en listas de sanciones, inhabilitaciones, antecedentes judiciales o registros de personas políticamente expuestas. En México es una obligación formal para quien realiza Actividades Vulnerables conforme a la LFPIORPI.
KYC se refiere a personas físicas: el cliente, su apoderado, el directivo que firma. KYB —Know Your Business— se refiere a personas morales: la empresa contraparte y las personas detrás de ella, es decir sus socios y accionistas, sus apoderados y su beneficiario controlador. Una revisión completa casi siempre requiere las dos, porque revisar únicamente a la sociedad deja fuera a quien la controla.
Quien realiza actividades sujetas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita tiene la obligación de identificar y conocer a sus clientes y usuarios, y de poder acreditarlo. Fuera de ese supuesto, cualquier empresa que dé de alta proveedores, incorpore socios, participe en licitaciones o contrate perfiles con acceso a recursos tiene la misma exposición.
Listas del SAT —artículo 69-B en sus cuatro situaciones, artículos 69 y 69-B Bis, contribuyentes no localizados y cancelación de sellos digitales—; proveedores y contratistas inhabilitados por el Gobierno Federal y servidores públicos sancionados; sanciones y personas políticamente expuestas de OFAC, ONU, Unión Europea y Reino Unido; antecedentes judiciales en las 32 entidades federativas; y prensa global.
La reforma a la LFPIORPI publicada el 16 de julio de 2025 endureció las obligaciones de quienes realizan Actividades Vulnerables: conocer de manera directa al cliente y no sólo identificarlo, identificar al beneficiario controlador de las personas morales, hacer una evaluación con enfoque basado en riesgos, mantener monitoreo permanente mediante mecanismos automatizados, contar con un manual de políticas internas que identifique a las personas políticamente expuestas, y conservar la documentación por al menos diez años en lugar de cinco. También incorporó actividades vulnerables nuevas, entre ellas el desarrollo inmobiliario y las operaciones con activos virtuales.
Es la persona física que en último término controla a una sociedad o se beneficia de ella, aunque no aparezca como su representante. Revisar sólo a la persona moral permite que el riesgo entre por la puerta de atrás: la sociedad puede estar limpia y quien la controla, no.
El reporte indica la fuente de cada hallazgo y la fecha de consulta. Además puede sellarse al emitirse con una constancia de conservación NOM-151 a través de OSECH Probanza, que acredita qué se sabía y en qué fecha.
Cuéntenos a quién necesita revisar y para qué operación. La consulta inicial es sin costo y confidencial.